Lo primero que debemos tener en cuenta es que la ropa laboral se divide en dos clases:
- Ropa destinada a la protección de los trabajadores.
- Uniformes y ropa que no está destinada a la protección.
Para que un uniforme de trabajo sea considerado un equipo de protección individual (EPI) debe proteger al usuario contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud y su seguridad. Entonces, ¿cuándo NO se considera EPI? Muy sencillo, cuando la ropa de trabajo no cumple con este requisito y otros requisitos específicos.
Sin embargo, cuando la ropa de trabajo está destinada a la protección personal del trabajador deberá cumplirse para su comercialización con los requisitos especificados en el Anexo II del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual.